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ARGENTINA. PIONERO MUNDIAL EN DERECHOS INDIVIDUALES

LANZAMIENTO DE LA LEY

A partir de la sanción de la Ley Nº 26.618 (21 de julio de 2010) cualquier pareja —que cumpla con los requisitos establecidos en el Código Civil— puede contraer Matrimonio, independientemente del sexo, orientación sexual o identidad de género de las/los contrayentes. Por tanto, a partir de esta ley —popularmente conocida como de Matrimonio Igualitario— tanto las personas heterosexuales, como gays, lesbianas, bisexuales, travestis, transexuales y transgéneros pueden casarse.

 

TERRITORIO NACIONAL

Al estar contenida en el Código Civil argentino, la ley de Matrimonio tiene vigencia en toda la República Argentina, independientemente de la ciudad o provincia en la cual se quiera celebrar el enlace. Asimismo, nuestro país cuenta con acuerdos de reciprocidad con diversas naciones del mundo, y en muchas de ellas tienen validez los matrimonios celebrados en nuestro país.

 

¿COMO SE APLICA EN TURISTAS?

De los diecinueve países que en el mundo garantizan el acceso igualitario al matrimonio para todas las parejas, sólo Argentina permite a las extranjeras y los extranjeros no residentes (turistas) celebrarlo.

 

RESIDENTES Y NO RESIDENTES

Dentro de nuestra normativa el Artículo 20 de la Constitución Nacional establece que “Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden (…) testar y casarse conforme a las leyes…”. Cabe agregar que las leyes argentinas no agregan ningún requisito particular ni hacen ninguna diferencia para los matrimonios entre personas extranjeras

 

EVOLUCIÓN 2010 - 2015

A cinco años de la aprobación de la Ley de Matrimonio Igualitario más de 10.500 parejas contrajeron matrimonio en todo el país. De ellos, el 10% provino de países extranjeros

 

ARGENTINA EN LATINOAMERICA Y EL MUNDO

La República Argentina permite los matrimonios entre personas del mismo sexo desde el 21 de julio de 2010. De esta forma, el país se convirtió en el primero de América Latina en reconocer este derecho en todo su territorio nacional. Además, fue el décimo país en legalizar este tipo de unión a nivel mundial

 

ANTECEDENTES

El 12 de diciembre de 2002 se aprobó en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el proyecto de ley de unión civil presentado por la CHA. De esta manera, Buenos Aires se convirtió en la primera jurisdicción de América Latina en legalizar la unión civil entre personas del mismo sexo.

 

FALLO JUDICIAL

El primer amparo fue presentado por María Rachid, presidenta de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT), junto con su pareja Claudia Castro. El recurso fue elevado a la Corte Suprema de Justicia, quien se pronunciaría a favor del mismo, aunque no debió dictar fallo al aprobarse en el Congreso la reforma del Código Civil. El 13 de noviembre de 2009, la jueza Gabriela Seijas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró inconstitucionales los artículos 172 y 188 del Código Civil, en cuanto limitaban el matrimonio a personas de distinto sexo, y permitió que los peticionantes Alex Freyre y José María Di Bello pudieran casarse.

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